Sector del ocio nocturno aplaude la implantación del pasaporte: «Los locales serán mucho más seguros»

La Federación Andaluza de Empresarios de Salas de Fiestas y Discotecas (Andalucía de Noche) ha valorado de forma positiva  la decisión adoptada este pasado viernes por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) de ratificar la orden relativa al certificado Covid o prueba diagnóstica para el acceso al espacio interior de establecimientos de hostelería, ocio y esparcimiento.

El presidente de esta entidad, Juan Rambla, en declaraciones a Europa Press, ha señalado que «le parece bien» la decisión del TSJA, con sede en Granada, porque es una forma de «incentivar la vacunación y que los locales sean mucho más seguros».

«Trabajamos desde el sector para que no haya restricciones y avancemos hacia la normalidad. Confiamos en la que la medida –la implantación del pasaporte Covid para el acceso a esos locales– contribuya a una mejor salud del conjunto de la población», ha añadido Rambla.

El presidente de Andalucía de Noche ha reconocido que, aun así, «siempre existe el temor de que se establezcan restricciones», si bien «teníamos el compromiso de la Administración de que con el pasaporte no se aplicarían esas limitaciones» de aforo y horarias «cuando el dato de la presión hospitalaria no fuera preocupante».

«Tomar como referencia el número de contagios no nos parece correcto. Se deberían tomar antes en consideración otros índices como la tasa de hospitalizados y el porcentaje de personas vacunadas» con el objetivo de «no crear más alarma entre la población». En este sentido, Rambla ha destacado que sigue aumentando el número de cancelaciones conforme pasan los días «por las informaciones que aparecen en los medios. Nos hemos cargado la Navidad», ha subrayado.

El Alto Tribunal considera que la medida planteada por la Junta de Andalucía cumple con los requisitos de proporcionalidad, necesidad e idoneidad, según informado el TSJA en una nota de prensa. La medida estará vigente hasta el 15 de enero de 2022.

En el caso de la proporcionalidad, indica que ahora sí cumple este requisito –el pasado día 15 la medida no fue ratificada– al ser los destinatarios de la norma las «personas usuarias» que decidan acudir a estos establecimientos. Con anterioridad, el Alto Tribunal había expuesto que la medida entonces presentada por la Junta no superaba este requisito, ya que la orden tendría que aplicarse, tal y como estaba redactada, a «cualquier persona» que accediese al interior, lo que incluiría a los trabajadores.

El TSJA dejaba abierta la puerta a que la Administración autonómica puediera solicitar una nueva ratificación en la que se contemplara la aplicación de la orden «únicamente respecto de los usuarios de los establecimientos».